Dictamen nº 42280 de Contraloría General de la República, de 12 de Diciembre de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239807622

Dictamen nº 42280 de Contraloría General de la República, de 12 de Diciembre de 1994

los bienes inmuebles fiscales adquiridos con recursos del fondo nacional de desarrollo regional antes de la vigencia de ley 19175, destinados al ministerio de bienes nacionales para ser arrendadas como viviendas a funcionarios, solo pueden enajenarse si son declarados prescindibles para el cumplimiento de los fines de la administracion estatal para los que fueron adquiridos y los funcionarios interesados pueden adquirirlos conforme normas del dl 1939/77 art/83 y siguientes y de instrucciones sobre ventas directas impartidas por el ministerio aludido, siempre que no esten afectos a la prohibicion de ley 18834 art/78 lt/b. ello, porque de ley 19175 art/5 tran aparece que por el solo ministerio de la ley, los inmuebles adquiridos con el fondo senalado, deben entenderse transferidos, en primer termino, a las entidades publicas no fiscales a las cuales estaban asignados a la...

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