Dictamen nº 32962 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239787134

Dictamen nº 32962 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 1994

municipalidad no esta facultada para transferir a titulo gratuito u oneroso, a una entidad sin fines de lucro, y con el fin de materializar la construccion del equipamiento comunitario de un complejo habitacional para lo cual carece de recursos, un inmueble adquirido conforme ley 18138 art/8 de servicio de vivienda y urbanizacion. ello, porque acorde art/3 de este texto legal tratandose de programas que desarrollen los municipios acorde disposiciones del mismo, no procede transferir gratuitamente los bienes raices, pues en tal caso no resultan aplicables dfl 789/78 bienes nacionales ni ley 18695 y ley 18138 no autoriza a municipalidades a donar inmuebles para cumplir los programas que ella les asigna como tampoco a venderlos. no es atendible argumento en orden a ley 18138 art/3 inc/1 en cuanto faculta a municipios a enajenar terrenos, celebrar contratos de construccion, compraventa, mutuo, hipoteca, y, en general, a ejecutar los actos y contratos necesarios, por cuanto la referida disposicion que debe interpretarse dentro del contexto general de su preceptiva y no aisladamente, no alcanza a los bienes que se transfirieron en virtud de un contrato de donacion con clausulas imperativas y prohibitivas...

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