Dictamen nº 3490 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 1985 - Doctrina Administrativa - VLEX 239775754

Dictamen nº 3490 de Contraloría General de la República, de 6 de Febrero de 1985

dias de multa que afectan a una empresa constructora deben suspenderse durante el lapso que demoro contraloria en dar respuesta a las presentaciones que hicieran tanto la administracion como el contratista afectado, respecto del alcance de determinados aspectos del contrato de obras celebrado entre ellos, por cuanto, la multa por el atraso debe aplicarse por el periodo que el contratista esta en mora de cumplir con su obligacion de terminar las obras convenidas en el plazo pactado, pero no puede...

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