Dictamen nº 12788 de Contraloría General de la República, de 13 de Mayo de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239771574

Dictamen nº 12788 de Contraloría General de la República, de 13 de Mayo de 1988

segun dfl 1/80 educa art/25 inc/2, las universidades privadas dejan de estar obligadas a someter a la aprobacion de una entidad examinadora los programas de estudios de las profesiones que deseen impartir con posterioridad a la aprobacion de su programa inicial, cuando esten otorgando, independientemente, a lo menos 3 de los titulos indicados en art/12 de ese cuerpo legal y en el caso de los institutos profesionales, acorde dfl 5/81 educa art/13, ello ocurre cuando estos esten confiriendo independientemente dos o mas titulos profesionales. ademas, conforme art/26 del dfl 1/80 educa y dfl 5/81 educa art/14, tales universidades e institutos solo pueden otorgar con independencia un titulo profesional determinado, quedando liberados de presentar a sus alumnos a rendir examenes ante comisiones paritarias mixtas integradas por profesores de tales planteles y de la universidad examinadora, cuando cumplen, respecto de esa profesion, las condiciones sobre promociones y porcentajes de alumnos aprobados establecidos en esas normas. asimismo, la circunstancia de que las universidades e institutos particulares esten confiriendo independientemente 3 o dos titulos, respectivamente, no significa que dichas corporaciones puedan otorgar, con esa misma independencia, diplomas de las...

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