Dictamen nº 28001 de Contraloría General de la República, de 4 de Octubre de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239767670

Dictamen nº 28001 de Contraloría General de la República, de 4 de Octubre de 1990

accidente sufrido el 11/8/89 por funcionaria de la secretaria ministerial de educacion, quien cumplia un cometido funcionario como supervisora conjunta en la direccion de educacion y en la direccion provincial de santiago en la comuna de la pintana, y que al termino de sus labores matinales y durante su hora de colacion se desvio de su ruta de regreso para almorzar en casa de su madre y despues volver a su trabajo, no constituye accidente en acto del servicio. ello, porque para que este exista, es requisito esencial que se configure una relacion de causalidad entre la labor ejecutada y la lesion o muerte de la victima, relacion que puede ser directa (a causa del trabajo), o indirecta (con ocasion del trabajo), pero en todo caso, esta relacion debe ser indubitable, o sea se requiere que la causa generadora del accidente pueda incluirse entre las diversas modalidades de riesgo profesional. asi, dfl 338/60 art/82 inc/2, modificado por ley 18482 art/60, vigente a esa epoca, incluia los llamados accidentes de trayecto, esto es, los ocurridos al funcionario cuando se dirige al desempeno de su empleo y al regresar directamente de este a su casa...

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