Dictamen nº 5040 de Contraloría General de la República, de 10 de Febrero de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239716778

Dictamen nº 5040 de Contraloría General de la República, de 10 de Febrero de 2000

N° 5.040 Fecha: 10-II-2000

Empleado de Astilleros y Maestranzas de la Armada, solicita de esta Contraloría General un pronunciamiento que determine el derecho que le asistiría para traspasar sus fondos previsionales, desde la Administradora de Fondos de Pensiones Cuprum a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, en la que, en su oportunidad, podrá invocar pensión, atendidas las razones que expresa.

En abono de su planteamiento, hace presente el interesado que inició su actividad laboral en junio de 1979, en los Astilleros y Maestranzas de la Armada, en calidad de empleado particular, y que, por un error que no le sería imputable, sus imposiciones no fueron integradas a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, sino al ex Servicio de Seguro Social, del cual era imponente desde 1971, advirtiéndosele en 1981- una vez instaurado el régimen previsional del decreto ley N° 3.500, de 1980- que si bien no podía incorporarse al régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, le cabía la posibilidad de hacerlo a una administradora de fondos de pensiones, por lo que optó por esta alternativa encontrándose actualmente sus imposiciones en la administradora indicada precedentemente.

Agrega, que atendida la época de su ingreso a ASMAR, y considerando la normativa a la sazón vigente, debió quedar adscrito, indefectiblemente, al régimen de la citada caja de previsión, sin que la legislación orgánica posterior de ASMAR fijada en la ley N° 18.296, ni la ley N° 18.458 -que estableció el régimen previsional de la Defensa Nacional-, alteraran el sistema propugnado en su solicitud.

Al respecto, cumple esta Entidad de Control con expresar que de acuerdo con el certificado expedido por la Gerencia de Recursos Humanos de Astilleros y Maestranzas de la Armada, adjunto a la presentación, el señor V.T. ingresó a esa empresa el 23 junio de 1979, cotizando en el régimen del decreto ley N° 3.500, de 1980, desde el 22 de junio de 1981 y, al 31 de agosto de 1999, registra un total de 22 años 2 meses y 7 días de servicios.

En este sentido, es del caso precisar que, a la época en que el interesado se incorporó como empleado particular a ASMAR y se afilió al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, la ley orgánica de dicha empresa estaba contenida en el DFL. N° 321, de 1960, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 353, de 1977, de la Subsecretaría de Marina.

Disponía el aludido texto legal en su artículo 20, inciso segundo...

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