Dictamen nº 30543 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239701286

Dictamen nº 30543 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 1997

funcionario de servicio de salud que posee diploma de tecnico en administracion de empresas con mencion en personal, conferido por el centro de formacion tecnica esucomex no tiene derecho a percibir la asignacion de titulo tecnico de nivel superior, por no existir un estipendio que tenga esa denominacion. si el interesado se refiere a la asignacion profesional del art/3 del dl 479/74, esta solo favorece a quienes, reuniendo las restantes condiciones que senala esa norma, cuenten con titulo profesional universitario, teniendo ese caracter unicamente los diplomas que con esa calidad otorguen las universidades y, en determinadas condiciones, los institutos profesionales, pero en ningun caso aquellos que confieren los centros de formacion tecnica, los cuales no pueden otorgar titulos profesionales acorde art/31 de ley 18962. si el ocurrente se refiere a la asignacion del art/1 de ley 19264, debe tenerse presente que tal norma, en su inc/1, trata del personal directivo, profesional, tecnico, administrativo y auxiliar de los servicios de salud afectos al dl 249/73, que labora efectiva y permanentemente en puestos de trabajo que requieren atencion las 24 horas del dia en sistemas de turnos rotativos, nocturnos y en dias sabados, domingos y festivos en las unidades que el mismo precepto menciona. ese inciso concede una asignacion permanente para los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes o asimilados a las plantas de directivos y profesionales, y otras de un monto distinto para los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes o asimilados a las plantas de tecnicos, administrativos...

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