Dictamen nº 28495 de Contraloría General de la República, de 18 de Noviembre de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239696258

Dictamen nº 28495 de Contraloría General de la República, de 18 de Noviembre de 1992

no procede que el servicio de bienestar de la contraloria celebre con la asociacion chilena de seguridad un convenio, cuyo proposito fundamental es otorgar a los afiliados del primero, funcionarios de esta entidad fiscalizadora, determinadas prestaciones medicas que sean consecuencia de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, conforme ley 16744. ello, porque no corresponde que los servicios de la administracion del estado se adhieran, con respecto a su personal regido por ley 18834, situacion en que esta personal de contraloria, a entidades que, como la mencionada asociacion, son mutualidades de empleadores destinadas a la administracion del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que regula la ley 16744. esto, por cuanto si bien convenios como el resenado no implican una afiliacion o adhesion a la mutualidad contratante, dichos organismos realizan su...

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