Dictamen nº 14235 de Contraloría General de la República, de 24 de Abril de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239668986

Dictamen nº 14235 de Contraloría General de la República, de 24 de Abril de 2000

N° 14.235 24-IV-2000

Se solicita un pronunciamiento que determine si es procedente suscribir los convenios con los Bancos que se indican, para pagar créditos contraídos por sus funcionarios con esas entidades, mediante el descuento de sus remuneraciones por planilla.

Sobre el particular, el Municipio acompaña copia de Ios referidos convenios, en los cuales se advierte claramente que, en virtud de ellos, los Bancos otorgan créditos a los funcionarios del Municipio y estos, a su vez, autorizan a Ia Corporación Edilicia para que les descuenten por planillas las cuotas que devengue el respectivo crédito, comprometiéndose la Municipalidad a entregar dichos pagos directamente al Banco.

Al respecto, el Municipio acompaña un informe jurídico sobre la materia, el cual señala que es improcedente suscribir este tipo de convenios por cuanto las Municipalidades no tienen facultades para celebrar actos o contratos con entidades financieras o de otro tipo que digan relación directa con los funcionarios municipales, haciendo presente que, dichos convenios debieran ser suscritos por la Asociación de Funcionarios del Municipio.

En relación a esta materia, cabe precisar, en primer término, que no existe disposición legal alguna que autorice a los Municipios para celebrar convenios como el de la especie, máxime si se considera que ellos no tienen por objeto satisfacer las necesidades de la comunidad local sino que el interés de los propios funcionarios del Municipio, labores que son propias de las Asociaciones de Funcionarios o de los Servicios de Bienestar.

Ahora bien, respecto al descuento de remuneraciones, cabe señalar que acorde a lo dispuesto en el artículo 95, inciso segundo, de Ley N° 18.883, el Alcalde a petición escrita del...

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