Dictamen nº 44173 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239664814

Dictamen nº 44173 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 1988

prestamos medico, dental, escolar, de auxilio y habitacional senalados en reglamento del servicio de bienestar del ministerio de obras publicas aprobado por dto 52/76 previ art/25, deben estimarse como una operacion de credito de dinero en los terminos indicados en ley 18010 art/1, y por ende, efectuarse con sujecion a su normativa. ello, porque en estos prestamos se presentaba la entrega de dinero por una de las partes, el prestamista, y se regula el cumplimiento de la obligacion restitutoria para una fecha prevista al termino de un plazo establecido por ellas mismas, circunstancias que precisamente le otorgan el caracter de operaciones reguladas por la citada ley. instrucciones impartidas por superintendencia de seguridad social en cuanto a que los organismos de bienestar tengan siempre como referencia el interes corriente fijado por la superintendencia de bancos e instituciones financieras cuando determinen ese incremento respecto de prestamos no reajustables, constituyen una sugerencia, que...

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