Dictamen nº 28272 de Contraloría General de la República, de 3 de Septiembre de 1996 - Doctrina Administrativa - VLEX 239638766

Dictamen nº 28272 de Contraloría General de la República, de 3 de Septiembre de 1996

es procedente conceder descanso complementario o bien pagar horas extraordinarias a los oficiales civiles que se desempenan como ministros de fe en la constitucion de juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias fuera de su horario de trabajo. ello, porque conforme art/6 de ley 19418 la funcion que realiza el oficial civil como ministro de fe es una obligacion laboral que ha sido establecida en referida ley, sin que esta haga distincion alguna de la circunstancia de existir o no notario en la comuna donde ejerce sus actividades mencionado oficial civil, por lo que corresponde a todos los oficiales civiles que estan a cargo de una oficina del servicio, cumplir actuaciones como ministro de fe cuando sean llamados a asistir a una asamblea que tenga por objeto constituir una organizacion comunitaria acorde ley 19418 senalada. asi, toda vez que la funcion anterior queda...

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