Dictamen nº 1586 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 1986 - Doctrina Administrativa - VLEX 239636698

Dictamen nº 1586 de Contraloría General de la República, de 17 de Enero de 1986

feriantes, que ejercen su actividad en locales o puestos fijos de venta, estan afectos al pago de patente municipal acorde dl 3063/79 art/24 inc/5, y al pago de un derecho municipal por permiso que le otorga la municipalidad para ocupar parte de un bien nacional de uso publico. en cambio, comerciantes ambulantes, que no tienen asiento fijo, solo estan sujetos al pago del permiso municipal correspondiente, toda vez que el pago de patente municipal supone que la actividad gravada se ejerza en un lugar fisico especifico, de modo que al no existir este, falta uno de los elementos esenciales para otorgar una patente o para renovarlas. no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR