Dictamen nº 23227 de Contraloría General de la República, de 25 de Junio de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239623546

Dictamen nº 23227 de Contraloría General de la República, de 25 de Junio de 1999

sera facultad discrecional de la autoridad llamada a disponer los ascensos en la policia de investigaciones, resolver o no la promocion conforme inc/fin del art/31 del dfl 1/80 de investigaciones, de funcionario quien fuera absuelto de delito de falsificacion de instrumento publico, pero condenado por la infraccion al art/229 del codigo penal, la que no merece pena aflictiva. ello, porque acorde el mencionado art/31, ningun funcionario podra ascender cuando este procesado por delito que merezca pena aflictiva o suspendido en sumario administrativo. respecto de los procesados por delitos que no merezcan pena de esa naturaleza, sera facultad discrecional de la autoridad llamada a cursarlo, disponer o no la promocion pero si el empleado es sobreseido definitivamente o absuelto por resolucion ejecutoriada en el proceso criminal respectivo, o absuelto en el proceso administrativo, se le restituira en el lugar en el escalafon ascendiendo con...

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