Dictamen nº 6126 de Contraloría General de la República, de 10 de Marzo de 1983 - Doctrina Administrativa - VLEX 239611546

Dictamen nº 6126 de Contraloría General de la República, de 10 de Marzo de 1983

se entiende por trabajo en dias festivos el realizado en dias sabados despues de mediodia, domingos y en dias de feriado legal, y por trabajo nocturno el que se efectua entre las 21 horas de un dia a las 7 horas del dia siguiente, de tal suerte que las labores realizadas en estas condiciones aun cuando se ejecuten en cumplimiento de las jornada ordinaria deben ser compensadas adicionalmente, pero la forma de compensacion varia segun si estas tareas se desarrollan dentro de la jornada normal o en exceso de ella. en el primer caso tal retribucion, sea que se otorgue bajo la modalidad de descanso complementario o en dinero, solo debe comprender...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR