Dictamen nº 25509 de Contraloría General de la República, de 15 de Octubre de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239611302

Dictamen nº 25509 de Contraloría General de la República, de 15 de Octubre de 1992

es improcedente que el departamento de salud de municipalidad suscriba un convenio con una caja de compensacion, salvo que una norma legal lo disponga expresamente, como ocurre con ley 19070 art/36. ello, porque art/7 de ley 18833, estatuto general de tales cajas, senala que podran concurrir a la constitucion de ellas las empresas del sector privado, las empresas autonomas del estado y aquellas en que este o las entidades del sector publico tengan participacion mayoritaria, en tanto que el art/13 del mismo ordenamiento agrega que pueden afiliarse a una caja de compensacion cualquiera de las entidades empleadoras a que se refiere el art/7. asi, la ley permite la afiliacion a esas entidades...

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