Dictamen nº 24387 de Contraloría General de la República, de 30 de Julio de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239596550

Dictamen nº 24387 de Contraloría General de la República, de 30 de Julio de 1997

la corporacion de fomento de la produccion puede permutar un bien raiz de su propiedad destinado a casa habitacion de su personal por otro que, con igual destino, pasaria a reemplazar al primero. ello, porque ley 6640 art/25 lt/j, encomienda al consejo de esa entidad, en general, ejecutar los actos y contratos necesarios para la consecucion de sus fines, sin establecer ninguna formalidad o exigencia para adquirir o enajenar sus bienes, salvo la de que los actos o convenios sean utiles para la realizacion del objeto de la institucion. a su vez, el art/2 de ley 19085 dispone que, sin desmedro de las facultades otorgadas por la referida ley organica, corfo puede desprenderse de sus bienes, cualquiera sea su naturaleza, a traves de enajenaciones a titulo oneroso dispuestas por resolucion del vicepresidente ejecutivo, previa aprobacion del consejo, dejando constancia en la resolucion, que aquella se efectuo por subasta o propuesta publica. no afecta a corfo, para adoptar esta medida, el art/9 de la ley de presupuestos del sector publico para 1997, que prohibe a los organos y servicios publicos la adquisicion o construccion de edificios para destinarlos exclusivamente a...

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