Dictamen nº 4812 de Contraloría General de la República, de 9 de Febrero de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239594118

Dictamen nº 4812 de Contraloría General de la República, de 9 de Febrero de 1999

ex funcionario de gendarmeria quien fue llamado a retiro a contar del 17/4/96, no tiene derecho a reliquidar su pension conforme art/1 tran de ley 19538. ello, porque dicha disposicion autoriza a quienes obtuvieron pension a contar del 30/4/96 o la obtengan hasta la entrada en vigencia de esa ley, para incluir en la determinacion de su monto la asignacion por turno del art/1 o el beneficio de su art/4, correspondiente al grado que detentaban a la fecha de cesacion de funciones; reliquidacion que se efectuara de oficio por la institucion, devengandose el nuevo monto de pension resultante a contar de la vigencia de ese texto. enseguida, los empleados afectos al regimen previsional de carabineros, entre ellos el personal de vigilantes penitenciarios de gendarmeria, con derecho a pension, tienen la calidad de pasivos desde el dia en que se concede o...

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