Dictamen nº 20847 de Contraloría General de la República, de 9 de Junio de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239580986

Dictamen nº 20847 de Contraloría General de la República, de 9 de Junio de 1999

ex suboficial de ejercito que ingreso a la institucion el 1/4/71, acogiendose a retiro el 30/4/98, no tiene derecho al abono de tiempo por permanencia en zonas aisladas del art/243 del dfl 1/97 defensa, en razon de una destinacion en la localidad de porvenir, tierra del fuego, en 1978. ello, porque, efectivamente, acorde citado precepto, el personal que presta servicios durante a lo menos un ano continuo en la antartica y otras zonas aisladas, fijadas mediante decreto supremo, lo que en el caso de la isla de tierra del fuego se hizo a traves del dto (r) 349 de 27/7/98 guerra, tiene derecho a que el 40 por ciento del tiempo efectivo de permanencia en esos territorios, se le abone como valido para el retiro. no obstante, conforme art/1 transitorio del citado dfl, mientras no se dicta la reglamentacion a que se refiere dicho estatuto, continua vigente, en lo que no contravenga sus...

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