Dictamen nº 30768 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239567554

Dictamen nº 30768 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 1992

hija legitima de ex pensionado de la caja de prevision de la defensa nacional que falleciera el 12/1/90 y cuyo matrimonio fuera declarado nulo por sentencia de primera instancia el 13/1/88, aprobada por la corte de apelaciones respectiva el 19/4/91, no tiene derecho a percibir pension de montepio por el referido causante. ello, porque dfl 1/68 defensa art/202 dispone que los asignatarios de montepio no tendran derecho a impetrar la pension, o cesaran en su goce, cuando entre otros, se encuentren casados, agregando en su inc/final que los asignatarios que hubieren perdido el goce del beneficio no podran recuperarlo por causa alguna, ni aun en el evento de nulidad del matrimonio que fue motivo de tal perdida. por otra parte, los requisitos y condiciones habilitantes de los asignatarios de montepio deben reunirse al momento de la delacion de la franquicia, esto es, a la fecha...

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