Dictamen nº 35137 de Contraloría General de la República, de 6 de Noviembre de 1995 - Doctrina Administrativa - VLEX 239561302

Dictamen nº 35137 de Contraloría General de la República, de 6 de Noviembre de 1995

deudora de credito universitario reprogramado conforme ley 19287, no puede pagar su obligacion en el lapso de 10 anos y con un interes de 4 por ciento anual, mediante la novacion que regula art/12 del citado texto legal, y que permite, a su vez, acorde art/13 del mismo, solucionar cada anualidad en 10 cuotas iguales sin necesidad de acreditar cada ano los ingresos respectivos. ello, porque la interesada no se acogio al mencionado beneficio en el plazo fijado en ley 19287 art/7 inc/3, esto es, dentro de dos anos contados desde su egreso o antes que transcurran dos anos consecutivos sin matricularse. asi, la afectada ha de pagar la cuota anual de su credito en el monto equivalente al 5 por ciento de las rentas percibidas el ano inmediatamente anterior, las que deben comprobarse segun procedimiento senalado en art/9 de ese ordenamiento. para servir su deuda bajo esta modalidad la interesada no requiere acreditar los ingresos del conyuge, ni justificar la existencia de hijos acompanando los correspondientes certificados de nacimiento, pues ley 19287...

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