Dictamen nº 1176 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239535338

Dictamen nº 1176 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2002

N° 1.176 Fecha: 11-I-2002

Doña BB, cuyo matrimonio con el extinto funcionario de Investigaciones de Chile, don, fuera declarado nulo por la causal de vínculo anterior no disuelto y haberse reconocido en la misma sentencia su putatividad, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento en relación al derecho que le asistiría para recuperar el goce de una pensión de montepío, que le fuera suspendido.

Al respecto, cumple este órgano de Control con señalar que, si bien no resulta legalmente factible que recupere el montepío que se dejara sin efecto mediante la resolución exenta N° 70, de 2001, de la Subsecretaría de Investigaciones, por cuanto no tiene la calidad de cónyuge del causante al haber sido declarado nulo su matrimonio, puede tener derecho a la pensión que regula el artículo 24 de la Ley 15386, toda vez que la jurisprudencia contenida en el dictamen N° 32.290, de 1999, ha precisado que el beneficio del montepío que regula ese precepto legal, ha sido concebido como debida protección en favor de la madre de los hijos del causante que depende de él económicamente, aunque no se encuentre unida por vínculo matrimonial no disuelto, con el objeto de...

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