Dictamen nº 15170 de Contraloría General de la República, de 13 de Junio de 1989 - Doctrina Administrativa - VLEX 239532942

Dictamen nº 15170 de Contraloría General de la República, de 13 de Junio de 1989

no procede aplicar multas a quienes no acatan orden de modificar o demoler obras ilegales construidas en cauces naturales que contempla art/172 del codigo de aguas. ello, porque conforme art/41, art/171 y art/172 del codigo citado, compete a la direccion general de aguas y al departamento de obras fluviales autorizar la construccion de obras de regularizacion y defensa de cauces naturales, correspondiendo al primer organismo indicado aplicar las sanciones que procedan, a infractores para el caso de contravencion a lo dispuesto en los preceptos legales referidos. asi, el mismo art/172 establece una sancion especifica para el caso de infraccion, consistente en...

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