Dictamen nº 32042 de Contraloría General de la República, de 22 de Agosto de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239527842

Dictamen nº 32042 de Contraloría General de la República, de 22 de Agosto de 2000

N° 32.042 Fecha: 22-VIII-2000

Directivo grado 5° de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento acerca de la facultad que tendría la autoridad administrativa del Servicio en que se desempeña, para disponer cursos de capacitación que se extiendan más allá de la jornada ordinaria de trabajo.

Solicitado informe sobre la materia a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, ésta lo ha emitido mediante Oficio ordinario N° 33.784/224, de 2000, que señala en síntesis, que la asistencia de los funcionarios a los cursos que se extienden más allá del término de la jornada ordinaria de trabajo, es voluntaria respecto al tiempo que se excede. Además, hace presente dicho informe que el funcionario que asiste a esos cursos de capacitación tiene la facultad de solicitar y acceder al descanso complementario destinado a compensar la permanencia en ellos fuera de la jornada ordinaria de trabajo.

Sobre el particular, cabe manifestar que de acuerdo al artículo 21 del Estatuto Administrativo, contenido en Ley N° 18.834, se entenderá por capacitación “el conjunto de actividades permanente, organizadas y sistemáticas destinadas a que los funcionarios desarrollen, complementen, perfeccionen o actualicen los conocimientos y destrezas necesarias para el eficiente desempeño de sus cargos o aptitudes funcionarias”.

Debe tenerse presente, del mismo modo, que de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 25 de Ley N° 18.834, la asistencia a cursos obligatorios fuera de la jornada de trabajo dará derecho a un descanso complementario igual al tiempo efectivo de asistencia a clases.

Ahora bien, debe agregarse que la autoridad administrativa de un Servicio debe otorgar el beneficio de descanso complementario que establece el inciso 2° del artículo 25 de Ley N° 18.834, a todos los funcionarios seleccionados para asistir a los cursos a que se refiere el artículo 22 del mismo ordenamiento en sus letras a), b) y c), sean éstos de capacitación para el...

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