Dictamen nº 35960 de Contraloría General de la República, de 21 de Septiembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239499630

Dictamen nº 35960 de Contraloría General de la República, de 21 de Septiembre de 2000

N° 35.960 Fecha: 21-IX-2000

Se han dirigido a esta Contraloría General, funcionarios de Gendarmería de Chile, reclamando en contra del procedimiento para dirimir los empates en el proceso de calculo del incentivo al desempeño individual, previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.553, el que, en su concepto, adolecería de un vicio de legalidad, por cuanto no se les habría considerado una anotación de mérito que fuera solicitada por el Jefe del Santiago Sur al Jefe del Centro de Reinserción Social de Santiago, por una actividad desarrollada con fecha 18 de agosto de 1999.

Requerido su informe, el Director Nacional de Gendarmería de Chile, mediante oficio N° 1289, de 2000, manifiesta, en síntesis, que la exclusión de los recurrentes de la percepción de la franquicia reclamada, se produjo por efecto del procedimiento regulado por el decreto N° 1523, de 1998, de Hacienda, luego de aplicar como factor de desempate los establecidos en el artículo 1° del citado cuerpo reglamentario, dando preeminencia a la calidad de las notas meritorias, esto es, aquellas que incidían principalmente en el factor rendimiento y luego aplicando el criterio que por unanimidad estimó el más objetivo, esto es, antigüedad en el servicio y posteriormente en la Administración Pública.

Sobre el particular, cabe señalar que, el artículo 1 ° de la ley N° 19.553, concedió una asignación de modernización a los personales de planta y a contrata y a los contratados conforme al Código del Trabajo, de las entidades a las cuales se aplica el artículo 2° de dicha ley, esto es, los trabajadores de !as instituciones regidas por las normas remuneracionales del decreto ley N° 249, de 1973, incluyendo las autoridades ubicadas en los niveles A, B, y C del Servicio de Impuestos Internos; y de la Dirección del Trabajo, con las excepciones que el propio artículo 2° señala en las condiciones que ese mismo cuerpo legal establece.

Por su parte, el artículo 3° de la ley en comento, prescribe que la asignación de modernización se encuentra conformada por los siguientes elementos: un elemento base; un incremento por desempeño institucional y un componente por desempeño individual .

Asimismo, el articulo 7° que regula el incremento por desempeño individual, dispone que dicho beneficio será concedido teniendo como base los resultados de los sistemas de calificación de desempeño y que el mecanismo para establecer el desempate en casos de igual evaluación, será fijado por el reglamento que al efecto...

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