Dictamen nº 5295 de Contraloría General de la República, de 13 de Febrero de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239495942

Dictamen nº 5295 de Contraloría General de la República, de 13 de Febrero de 2001

N° 5.295 Fecha: 13-II-2001

La Contraloría Regional del Bío Bío remite la resolución N° 80 de 2000 de la Dirección Regional de Arquitectura del Bío Bío, que adjudica la licitación para la obra denominada "Ampliación Centro de Educación y Capacitación para Adultos Escuela D-760, Curanilahue", a objeto de que se expida pronunciamiento en relación con el ORD. N° 44. de 2001, de la Dirección de Regional de Arquitectura del Bío Bío.

Se anota en este último documento que se procedió a declarar fuera de bases a la Constructora ICB S. A,. dado que en su oferta cometió un error aritmético en perjuicio del propio contratista. Lo anterior conforme al artículo 28 de las bases especiales del concurso que dispone: "La expresión "suma total" a que hace referencia el artículo 74° del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, de acuerdo al dictamen N° 3763, de 8 de febrero de 1985 de la Contraloría General de la República, deberá corresponder a la sumatoria exacta y armónica de todos los ítem del presupuesto del contratista, de modo que si dicha suma no es coincidente con el valor que indica el oferente, éste no podrá adjudicarse la propuesta."

Se agrega que dicha eliminación llevó a adjudicar el concurso en la suma de

$ 38.829.643 a otra empresa, con un mayor costo fiscal de $ 10.996.040, y se solicita que, para el caso de no tramitarse el acto administrativo, se definan criterios y conceptos para operar en casos similares.

Sobre el particular debe señalarse que el referido artículo 74° del reglamento, contenido en el decreto N° 15, de 1992, de Obras Públicas, establece, en la parte que interesa: "En las propuestas por suma alzada el valor de la propuesta quedará fijado por la suma total indicada por el proponente".

Al respecto la jurisprudencia vigente sobre la materia ha señalado que en un contrato a suma alzada los precios de los ítem o partidas - establecidos por el proponente en su oferta constituyen antecedentes informativos que permiten al servicio contar con elementos para ponderar el estudio de costos efectuados por cada interesado. sin que su análisis sea vinculante para la Administración. Luego, lo relevante en estos casos es el valor total señalado por el oferente, ya que en este tipo de convención el contratista se compromete a...

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