Dictamen nº 20463 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239485974

Dictamen nº 20463 de Contraloría General de la República, de 7 de Junio de 1999

no procede que nuevo vehiculo se incorpore a una modalidad de servicio de taxi distinta a la cual se encontraba automovil que se pretende reemplazar. ello porque normativa pertinente tanto de orden legal como reglamentaria, no contempla precepto alguno, que permita cambio de modalidad del servicio de transportes en la forma descrita. ademas, beneficio de sustitucion contemplado en art/73 bis del dto 212/92 transportes, constituye una alternativa de excepcion y como tal debe practicarse acorde lo dispuesto en dicho art/73 bis y art/3 tran del citado decreto. por otra parte, si se aceptara reemplazo segun lo resenado se estaria privilegiando una modalidad en desmedro de aquella de la cual se retira vehiculo antiguo, y si se masificara sustitucion bajo tal forma, podria ocurrir que dotacion vehicular de uno de los tipos se redujera al punto que pudiera desaparecer. resulta improcedente efectuar reemplazo de un automovil destinado al servicio de taxi por otro nuevo en un municipio distinto de aquel que confirio...

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