Dictamen nº 41313 de Contraloría General de la República, de 10 de Octubre de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239467358

Dictamen nº 41313 de Contraloría General de la República, de 10 de Octubre de 2002

N° 41.313 Fecha: 10-X-2002

Los señores R.P., y otros, en representación de la Federación Nacional de Sindicatos de Empresa e Interempresa de Trabajadores de Líneas Aéreas Afines y Conexas de Chile, solicitan a la Contraloría General un pronunciamiento en relación a la situación que se produce en la plaza de peaje ubicada en el acceso vial al Aeropuerto Arturo Merino Benítez, que exige a los trabajadores de las empresas que funcionan dentro del terminal aéreo el pago del importe correspondiente, en circunstancias que tratándose de los empleados públicos, la solución de la tarifa la efectúa el organismo para el cual prestan sus servicios.

Por otra parte, aducen que Lan Chile S.A. en cuanto propietaria de terrenos al interior del mencionado aeropuerto, gozaría de una servidumbre de tránsito, sin embargo, sus funcionarios para poder acceder a sus instalaciones deben pagar el referido peaje, lo cual, a su juicio, vulnera los derechos de la firma mencionada.

Requerido informe al Ministerio de Obras Públicas, lo evacuó mediante Ord. N° 2.143, de 2002, en el cual, en síntesis, se expresa que respecto de la obra pública fiscal denominada "Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez" no se ha suscrito convenio alguno que otorgue condiciones preferenciales de tarifas en el valor del peaje cobrado a usuarios, sean éstos públicos o privados, que su cobro no admite excepciones y que tampoco se dispone de antecedentes que determinen la existencia de la servidumbre alegada.

Sobre el particular, cumple señalar en primer término...

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