Dictamen nº 20298 de Contraloría General de la República, de 27 de Julio de 1984 - Doctrina Administrativa - VLEX 239455238

Dictamen nº 20298 de Contraloría General de la República, de 27 de Julio de 1984

cooperativas que ejercen actividad gravada con patente municipal, pagan por tal concepto el 50 por ciento del monto total, pero, no gozan de esa franquicia por expresa disposicion del dto 502/78 econo art/54 lt/c, las cooperativas agricolas, vitivinicolas, que quedan afectas al pago total de esa contribucion. tratandose de contribuyentes que poseen varias unidades de gestion empresarial, la patente municipal es una sola y su pago debe efectuarse en forma proporcional por cada una de las sucursales, de acuerdo al numero de trabajadores que laboren en ellas. por tanto...

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