Dictamen nº 19054 de Contraloría General de la República, de 26 de Mayo de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239454250

Dictamen nº 19054 de Contraloría General de la República, de 26 de Mayo de 2000

N° 19.054 Fecha: 26-V-2000

Los señores C y J W, en representación de la sociedad que indican, solicitan a la Contraloría General que determine si se ajustan a derecho las multas aplicadas por el Parque Metropolitano a la Firma "Jorge Whittaker y Cía. Ltda. (Agrosem), encargada de la conservación del Parque "La Castrina" por no haber procedido a pintar la reja perimetral del referido Parque, que no fue inventariada, y por el retraso en reparar dos motobombas para riego del indicado parque, que en definitiva debieron ser repuestas, obligaciones que en concepto de los recurrentes no les correspondía cumplir.

Solicitado informe al Parque Metropolitano de Santiago, éste lo evacuó mediante los OFS. ORDS. N°s. 16 y 17, del año en curso, en el que manifiesta, en síntesis, que tanto las labores de pintura de la señalada reja como la reparación de las motobombas constituyen de conformidad con las normas reguladoras de la licitación respectiva, obligaciones inherentes al contrato.

Sobre el particular, cabe consignar que la licitación aludida se rigió, entre otros antecedentes, por las Bases Administrativas Generales, por las Bases Administrativas Especiales y por las Especificaciones Técnicas, aprobadas por resolución N° 48, de 1.998, del Parque Metropolitano de Santiago, las cuales constituyen la fuente principal de los derechos y obligaciones tanto de la Administración como de los interesados.

Al respecto, cumple manifestar en primer término que según las bases administrativas, punto 4 "Labores de Conservación", letra e), esas tareas están referidas a la custodia, conservación, reparación y reposición de construcciones, mobiliario urbano y equipamiento, entregados por inventario". Además, en el punto N° 12 de las especificaciones técnicas generales se estableció que la mantención de la infraestructura y del mobiliario urbano comprende la mantención, aseo y reposición de los elementos que indica, entre los cuales se incluyen las rejas, y en el punto 1.3 N°12 de las mismas normas, se obliga al contratista a la conservación de rejas exteriores y de los accesos.

Por su lado, el artículo 35 letra c) de las bases administrativas generales exige al contratista la conservación, entre otros, de cierros y construcciones.

Además, y según consta de los antecedentes que obran en poder de este Organismo -acta de recepción N° 19, de 30 de octubre de 1.998, firmada conforme, entre otros por Agrosem-, la señalada reja se encuentra inventariada.

En las condiciones...

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