Dictamen nº 8507 de Contraloría General de la República, de 8 de Marzo de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239449674

Dictamen nº 8507 de Contraloría General de la República, de 8 de Marzo de 2001

N° 8.507 Fecha: 08-III-2001

Se ha dirigido a esta Contraloría General la Alcaldesa de la Municipalidad de Quilicura, solicitando un pronunciamiento que determine si la entidad edilicia se encuentra facultada para otorgar ayuda económica para la reconstrucción de viviendas de funcionarios afectados por siniestros, como, asimismo, la forma en que esta ayuda se podría materializar.

Sobre el particular, cabe señalar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4°, letra c) de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, las entidades edilicias, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la asistencia social y jurídica.

En relación con tal función, la jurisprudencia administrativa, contenida -entre otros- en los dictámenes N°s. 8.759 y 34.110, ambos de 1997, ha concluido que el concepto de asistencia social debe entenderse referido, para estos fines, a procurar los medios indispensables para paliar las dificultades de las personas que carecen de los elementos fundamentales para subsistir, correspondiendo al municipio evaluar las condiciones en que se encuentran los requirentes de la asistencia social, a través de los correspondientes informes sociales, pudiendo para tales efectos elaborar y aplicar los métodos, sistemas y procedimientos que estime más adecuados, siempre que ellos sean objetivos y de aplicación general, resguardando la igualdad de los beneficiarios y evitando discriminaciones arbitrarias, que importen una desviación de la facultad en comento.

Agrega la citada...

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