Dictamen nº 52452 de Contraloría General de la República, de 20 de Diciembre de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239445482

Dictamen nº 52452 de Contraloría General de la República, de 20 de Diciembre de 2002

N° 52.452 Fecha: 20-XII-2002

El Servicio de Tesorerías ha remitido a esta Contraloría General, para el cumplimiento del trámite de toma de razón, la resolución N° 235, de 2002, por la que aplica a don J.R.C.F la medida disciplinaria de destitución, al término de un sumario administrativo ordenado instruir en la Tesorería Regional de Copiapó, según resolución exenta N° 3.724, de 2001, del Departamento de Contraloría Interna de esa repartición.

Por su parte, don J.R.C.F se ha dirigido a este Organismo Fiscalizador, reclamando de la sanción dispuesta aplicar en su contra, la que estima ilegítima, por considerar que ésta no se ajusta al mérito del proceso y a su real responsabilidad en los hechos que se le imputan, en razón de las consideraciones que expone, impugnando, en consecuencia, la medida disciplinaria de destitución que se le impone en estos antecedentes y la tramitación de la antedicha resolución N° 235, de 2002.

Sobre el particular, esta Entidad de Control debe hacer presente, en primer término, que el proceso administrativo en estudio tuvo por objeto, inicialmente, determinar y hacer efectiva la responsabilidad administrativa que le pudo caber a don J.R.C.F, Tesorero Regional de Atacama, en los hechos denunciados en el oficio Res. N° 70, de fecha 18 de diciembre de 2001, del Intendente de la Región de Atacama, dirigido al Tesorero General de la República, los que dicen relación con supuestas acciones de acoso sexual que, a esa época, se encontraría sufriendo la funcionaria de la Tesorería Regional de Copiapó, doña Y.M.V, por parte del aludido Jefe Regional, hechos que la afectada denunció al Servicio Nacional de la Mujer, cuya Directora Regional, por su parte, comunicó al referido Intendente Regional (fojas 4 y 5 de autos).

Los mencionados ,hechos fueron, por lo demás, denunciados directamente al Jefe Superior del Servicio de Tesorerías, por doña Y.M.V, según consta a fojas 8 y siguientes del expediente adjunto.

En estos mismos antecedentes, se investigó, además, la responsabilidad disciplinaria que pudiese afectar al señor J.R.C.F, por tener, como Director Regional de Tesorerías, un trato vejatorio y hostil respecto de diversos funcionarios de su dependencia, lo que habría provocado un ambiente de tensión que afectó tanto las relaciones interpersonales en la oficina, como la salud física y mental de esos empleados y, por consiguiente, su desempeño laboral.

Por último, la Fiscalía instructora investigó, asimismo, la responsabilidad administrativa que asistiría al señor J.R.C.F, derivada de su participación en la constitución de una sociedad comercial, sin contar con la autorización previa y expresa del Jefe Superior del Servicio, requisito establecido en la ley, por consistir ésta en una prohibición contemplada respecto del personal del Servicio de Tesorerías, por el artículo 19° del DFL. N° 1, de 1994, de Hacienda, Estatuto Orgánico de este Servicio, hecho del que se da cuenta a fojas 180, 181 y 191 de autos.

Cabe advertir que por la resolución exenta N° 3.724, de 2001, ya individualizada, se facultó al Fiscal del sumario administrativo ordenado instruir, para investigar ampliamente, sin limitaciones, toda actuación que pudiera afectar la responsabilidad administrativa de funcionarios del Servicio de Tesorerías, de suerte que la Fiscalía instructora no se encontraba limitada a investigar...

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