Dictamen nº 24364 de Contraloría General de la República, de 27 de Abril de 1979 - Doctrina Administrativa - VLEX 239422518

Dictamen nº 24364 de Contraloría General de la República, de 27 de Abril de 1979

conforme ley 17105 art/144 inc/2 y art/147, patentes de alcoholes limitadas -como las de cantinas- deben pagarse necesariamente dentro de los meses de enero y julio de cada ano, salvo que el presidente de la republica, conforme facultad otorgada por ley 7200, decrete la prorroga de esos plazos, pudiendo los contribuyentes cancelar hasta el ultimo dia de dichos meses o hasta la ultima fecha de la prorroga. dicho pago puede efectuarse personalmente o, de acuerdo con dto 4182/60 inter, mediante carta...

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