Dictamen nº 8977 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239420914

Dictamen nº 8977 de Contraloría General de la República, de 28 de Febrero de 2002

N° 8.977 Fecha: 28-II-2002

El Instituto Antártico Chileno solicita a esta Contraloría General un pronunciamiento que determine si resulta procedente que, en un proceso calificatorio ya afinado, se reúna extraordinariamente, de oficio, la respectiva Junta Calificadora para subsanar un error en la calificación de un funcionario, con el objeto de ponderar la incidencia de una medida disciplinaria que, por un error de dicho órgano colegiado, no fue considerada en su oportunidad, por lo que al servidor de que se trata le correspondería un puntaje final inferior al que se le asignó en ese proceso.

Sobre el particular, cabe anotar, en primer término, que el proceso calificatorio se caracteriza por ser reglado y formal, estableciéndose pormenorizadamente en la ley N° 18.834, y en el reglamento general de calificaciones contenido en el decreto N° 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior -o en el respectivo reglamento especial, de haberlo-, las etapas e instancias contenidas en él.

En efecto, tal como se informara mediante dictamen N° 15.845, de 2001, de esta Entidad Fiscalizadora, el proceso evaluatorio en comento contempla tres etapas, a saber, la precalificación realizada por el jefe directo, la calificación por la Junta Calificadora o por el jefe directo, en el caso del artículo 29 de la ley N° 18.834, y la apelación y reclamo, que son los recursos con que cuenta el funcionario contra la resolución de la referida junta o del jefe superior del servicio, en su caso.

Ahora bien, como se ha indicado, la preceptiva en referencia configura un procedimiento reglado, es decir un conjunto de actos, vinculados a una determinada decisión, a cuyo respecto se contemplan reglas precisas que deben ser respetadas por la autoridad administrativa, la que en este ámbito carece de facultades discrecionales, de manera que no puede apartarse de la indicada regulación, ni en lo concerniente a los trámites o actos que la...

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