Dictamen nº 46836 de Contraloría General de la República, de 6 de Noviembre de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239409754

Dictamen nº 46836 de Contraloría General de la República, de 6 de Noviembre de 1999

N° 46.836 Fecha: 06-XII-1999

Ex funcionario de Gendarmería de Chile, ha solicitado a esta Contraloría General un pronunciamiento en relación al derecho que le correspondería para percibir el incentivo establecido en el artículo 1° transitorio de la ley N° 19.553, e indica, en relación al particular, haberse acogido a retiro voluntario a contar de 1 de febrero de 1998, luego de cumplir 36 años de servicio en dicha institución.

En relación con la materia, Gendarmería de Chile ha informado, a solicitud de esta Entidad Fiscalizadora, que el ocurrente fue llamado a retiro voluntario en la fecha señalada, y que tiene derecho al beneficio aludido. Añade, a continuación, que en agosto de 1999 se le enteró la suma de $ 31.049, por "diferencia de la Ley 19.553".

Al respecto, es dable hacer presente que el artículo 1° transitorio de la ley N° 19.553 señala que durante los años 1998 y 1999, los funcionarios de carrera de los servicios y entidades regidos por las normas remuneracionales del decreto ley N° 249, de 1973, entre los cuales se incluye Gendarmería de Chile, y que reúnan los requisitos para obtener jubilación, pensión o renta vitalicia en un régimen previsional y que dejaren voluntariamente sus cargos para acogerse a alguno de los beneficios previstos en dicha norma legal, tendrán derecho a un incentivo monetario, equivalente al total de las remuneraciones devengadas en el ultimo mes por cada año de servicios con el máximo que menciona, el cual se incrementará del modo previsto en los incisos segundo y tercero de la misma disposición conforme a los parámetros allí indicados.

A su vez, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 12° del decreto supremo N° 28, de 1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que reglamentó el otorgamiento de dicho incentivo, la Subsecretaría del Trabajo debe elaborar una nómina de beneficiarios, que deberá ser remitida a los Servicios respectivos y notificada a los funcionarios correspondientes a fin de que inicien o prosigan los trámites...

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