Dictamen nº 48160 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239392218

Dictamen nº 48160 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 2000

N° 48.160 Fecha: 14-XII-2000

Ex funcionario de la Municipalidad de Coquimbo ha solicitado se emita un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para que el Instituto de Normalización Previsional proceda a la reliquidación de su desahucio legal obtenido por resolución de esa entidad N° A-M 5.375 de 13 de octubre de 1998, como ex imponente de la ex Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República, regulado por las disposiciones de la ley N° 11.219, comprendiendo dentro de su base de cálculo todo el período de desempeño en ese municipio -15 de mayo de 1980 al 5 de enero de 1995, en que se acogió a jubilación- y no sólo hasta julio de 1981- data en que se produjo su cambio al régimen de pensiones del decreto ley N° 3.500 de 1980 como ese documento consideró.

Al respecto hace presente el ocurrente, que en agosto de 1999, solicitó al referido instituto previsional la reliquidación de ese desahucio en la forma expuesta fundado en que al momento de producirse el cambio de sistema previsional no fue requerido por la aludida municipalidad para optar por mantener su régimen de desahucio, por lo que de acuerdo a lo manifestado por esta Contraloría General en dictamen N° 38.254 de 1996, no pudo presumirse su voluntad de marginarse de dicho beneficio debiendo reconocerse su derecho al mismo.

Esta petición fue parcialmente acogida por aquel organismo al señalar que si bien era factible considerar dentro del aludido beneficio indemnizatorio la totalidad del tiempo servido por él en la citada corporación, debía previamente enterar las respectivas cotizaciones previsionales no pagadas en su oportunidad por el empleador.

Agrega el interesado que está en desacuerdo con esa respuesta, atendido lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 17.322 y lo manifestado por la jurisprudencia de esta Entidad de Control, en especial a través de oficio N° 38.254 de 1996, en orden a que por haberse pagado las respectivas remuneraciones se presume de derecho que se practicaron los descuentos previsionales correspondientes, razón por la cual pidió a la Contraloría Regional de Coquimbo que procediera a declarar que no le cabe responsabilidad en el entero de las aludidas cotizaciones.

Dicha solicitud, según expresa, fue denegada por aquella oficina en dictamen N° 144 de 2000, la que además desconoció su derecho a obtener ese beneficio por no haber optado a él antes de su cese en funciones, criterio con el que tampoco concuerda, y en consecuencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR