Dictamen nº 23593 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 1998 - Doctrina Administrativa - VLEX 239389402

Dictamen nº 23593 de Contraloría General de la República, de 8 de Julio de 1998

contraloria regional ha actuado conforme las atribuciones que posee en materia de examen y juzgamiento de cuentas, al haber dejado sin efecto orden de reintegro de fondos que habian sido gastados en actividades ajenas al quehacer municipal, puesto que analizando los antecedentes y explicaciones dadas por el alcalde pertinente, se considero que se trato de un evento realizado a raiz de la asuncion de las nuevas autoridades superiores de la municipalidad. este criterio, ademas, se ha aplicado por esa unica vez. tambien la oficina regional determino, en lo que se refiere a arreglo de camino de acceso a predio de propiedad privada, que debia pronunciarse la direccion de vialidad y una vez que esa entidad informo que el referido camino estaba abierto al uso publico aunque no estaba enrolado como camino publico en tal reparticion, concluyo que el alcalde, al efectuar tal reparacion, habia actuado dentro de sus atribuciones. en este caso ha sido aplicable lo que disponia art/27 del dto 294/84 obras publicas, norma hoy contenida en art/26 del dfl 850/97 obras publicas, texto actualizado de ley 15840 y del dfl 206/60, por el cual todo camino que este o hubiere estado en uso publico se presume publico en todo el ancho que tenga o haya tenido, salvo prueba en contrario. consecuentemente, compete a la direccion aludida adoptar las medidas legales para habilitar ese camino y facilitar su uso a toda...

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