Dictamen nº 21028 de Contraloría General de la República, de 5 de Junio de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239381142

Dictamen nº 21028 de Contraloría General de la República, de 5 de Junio de 2001

N° 21.028 Fecha: 05-VI-2001

Don XX, en representación de la sociedad Bueno y Cía. Limitada, ha solicitado a esta Contraloría General la reconsideración del dictamen Nº 26.874, de 2000, el cual concluyó que la Municipalidad de Ñuñoa se había ajustado a derecho al cobrarle a la empresa recurrente -la que se negara a suscribir el contrato en que se le adjudicara, únicamente la oferta por precios unitarios correspondiente a 14 ítems- la boleta de garantía de seriedad de la oferta otorgada "por recuperación y mantención de los grupos 1, 2, 3 y 4 y por la oferta por precios unitarios para obras de construcción de áreas verdes", convocada mediante Decreto Alcaldicio Nº 437, de 1999, por estimar que dicha boleta de garantía debía entenderse comprensiva tanto de la oferta por los grupos de mantención aludidos como por la oferta de precios unitarios.

Sostiene, en síntesis, que no es efectivo que se haya negado a suscribir el contrato que se le adjudicara "por los precios unitarios" haciendo valer sólo factores económicos -considerando que no se le adjudicó alguno de los grupos de mantención de áreas verdes y que los costos de precios unitarios se calcularon en base a que esta parte de la propuesta principal, estaba sujeta a la adjudicación de, a lo menos, uno de los grupos de mantención y, en ningún caso, una adjudicación por separado como se efectuó- sino porque la Municipalidad exigió requisitos adicionales no contemplados en las bases, esto es, la exigencia de una boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato no prevista para la adjudicación de ofertas de precios unitarios, de $ 1.000.000.

Agrega que lo anterior demuestra que las bases adolecen de claridad en las exigencias de las garantías que la ley establece y que tales exigencias han debido ser conocidas por los participantes con anterioridad a la presentación de la oferta, lo que no ocurrió en este caso.

Requerida sobre el particular, la Municipalidad de Ñuñoa, ha informado mediante el oficio N° A 1300/47, de 2000, adjuntando el oficio respectivo de la Directora de Asesoría Jurídica, en el que se admite que "en consideración a que se adjudicó por separado la propuesta de precios unitarios, fue necesario precisar el monto de esta garantía en el decreto de adjudicación de la propuesta".

Sobre el particular, cabe recordar que, según las bases administrativas de la propuesta pública aludida, ésta tuvo por objeto licitar la concesión de los servicios de A) Recuperación y mantención de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR