Dictamen nº 33327 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 1989 - Doctrina Administrativa - VLEX 239373050

Dictamen nº 33327 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 1989

no procede reliquidar pension de montepio otorgada a viuda de ex medico de servicio de salud conforme la modalidad del dfl 338/60 art/128 por haber fallecido su conyuge por una enfermedad irrecuperable. ello, porque el referido ex profesional funcionario fallecio encontrandose en servicio activo y conforme lo senala dfl 338/60 art/124 inc/2, la incapacidad fisica o mental que hace posible la aplicacion del citado art/128, debe acreditarse mientras el empleado se encuentre en posesion de su cargo o dentro de los dos anos siguientes...

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