Dictamen nº 22125 de Contraloría General de la República, de 18 de Junio de 1999 - Doctrina Administrativa - VLEX 239368478

Dictamen nº 22125 de Contraloría General de la República, de 18 de Junio de 1999

ley 16742 art/13 inc/2 e inc/3, permiten la formacion de antejardines frente a las viviendas de poblaciones construidas por la corporacion de la vivienda, la ex fundacion de viviendas y asistencia social o instituciones de prevision. con tal fin, en dicha preceptiva se dispone desafectar de la calidad de bienes nacionales de uso publico los terrenos necesarios y se autoriza a las municipalidades para transferirlos gratuitamente a los propietarios colindantes, siempre que se cumplan tanto los requisitos alli establecidos como aquellos contemplados en su reglamento, dto 318/69 vivienda. se trata de un beneficio de caracter excepcional, cuyo objeto es prolongar los antejardines de las viviendas en comento, pasando estas a ocupar bienes nacionales de uso publico una vez desafectados. en el evento de no ser posible acogerse a la franquicia del citado art/13, las entidades edilicias pueden elaborar un programa con el ministerio de bienes nacionales para obtener la misma finalidad, en cuyo caso habria que desafectar del caracter de bienes nacionales de uso publico, los terrenos correspondientes y luego transferir los mismos, ahora fiscales, a los propietarios de las viviendas, con el objeto de que establezcan los mencionados antejardines. todo esto conforme dl 1939/77. no obstante, en modo alguno los...

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