Dictamen nº 16448 de Contraloría General de la República, de 6 de Julio de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239359182

Dictamen nº 16448 de Contraloría General de la República, de 6 de Julio de 1992

competencia privativa de los intendentes y gobernadores para autorizar reuniones publicas en parques y plazas, contenida en dto 1086/83 interior, fundado en articulos 32 num/8 y 19 num/13 de la constitucion esta dirigida exclusivamente a asegurar que, con ocasion del ejercicio del derecho de reunion, los bienes de uso publico se empleen conforme a su naturaleza y destino y sin menoscabo del uso que sobre ellos corresponde a todos los habitantes, de modo que no comprende, en ningun caso, el otorgamiento de derechos sobre tales bienes o sobre partes determinadas de ellos, ni tampoco autorizaciones para realizar actividades comerciales ni, en general, la constitucion de efecto juridico patrimonial alguno, menos aun de los que la legislacion vigente radica en la esfera de atribuciones de otras autoridades u organismos publicos. asi, por ejemplo, el comercio realizado en la via publica en forma ambulante, o sea, desplazandose de un lugar a otro y sin sede fija, requiere de permiso municipal, previo pago del derecho correspondiente acorde dl 3063/79 art/42 num/8, si bien no esta afecto al pago de patente conforme art/24 del mismo dl. por el contrario, la actividad comercial realizada en un kiosco o lugar determinado, esta ademas, gravada con patente.; la...

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