Dictamen nº 13850 de Contraloría General de la República, de 17 de Junio de 1985 - Doctrina Administrativa - VLEX 239355942

Dictamen nº 13850 de Contraloría General de la República, de 17 de Junio de 1985

municipalidades no pueden convenir la enajenacion de sus bienes raices prescindibles recibiendo en pago bienes muebles u obras de infraestructura. ello, porque dfl 789/78 tierr art/8 autoriza la permuta de inmuebles municipales en la medida que el bien que se reciba tenga igual caracter. ademas, amplias facultades que otorga dl 1289/75 art/5 a los municipios para celebrar toda clase de actos y contratos para el cumplimiento de sus funciones, no alcanzan a aquellas convenciones que estan expresamente regladas en su texto o en otras leyes, las cuales deben ajustarse precisamente a esas normas especiales. obras de infraestructura son las ejecutadas generalmente por el estado mediante organismos pertinentes para satisfacer y mejorar condiciones de equipamiento comunitario en espacios con caracter de publicos, por tratarse de bienes nacionales de uso publico o de bienes fiscales, municipales o semifiscales adscritos a una finalidad publica, obras que una vez efectuadas, aun con cargo particular o incluso efectuadas en terrenos privados, en ningun caso adquieren caracter de bienes particulares susceptibles de comercializacion, no pudiendo entonces permutarse...

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