Dictamen nº 37772 de Contraloría General de la República, de 28 de Noviembre de 1996 - Doctrina Administrativa - VLEX 239348786

Dictamen nº 37772 de Contraloría General de la República, de 28 de Noviembre de 1996

modo de operar de fundacion saint germain, entidad colaboradora del servicio nacional de menores, consistente en la remision mensual de un porcentaje de la subvencion percibida por cada centro de atencion a la oficina principal de la aludida entidad colaboradora para gastos de administracion, constituye un tipo de administracion centralizada de ese subsidio, comprendida en inc/2 del art/11 del dfl 1385/80 justicia, modalidad que exige, en consecuencia, la concurrencia copulativa de los requisitos exigidos por citada norma. ello, porque conforme esa disposicion, el subsidio estatal que contempla, esta destinado a sufragar los desembolsos que origine la atencion de los menores de cada establecimiento que mantienen las instituciones colaboradoras del servicio nacional de menores, lo que en concordancia con articulos 4 y 5 del citado dfl 1385/80, que establecen que el monto de la subvencion se determina por menor atendido, segun la modalidad asistencial utilizada, permite sostener que el manejo de esa ayuda financiera, por parte de las entidades colaboradoras, debe hacerse descentralizadamente a traves de cada establecimiento por el cual se percibe dicho beneficio, lo que esta corroborado por art/9 de ese texto legal, al senalar que los establecimientos de menores deberan otorgar comprobantes de pago por los ingresos que perciban y llevar los libros y registros que establezca el sename. precisamente, entre esos recursos, esta la subvencion estatal senalada, la cual debe incorporarse como ingreso del establecimiento pertinente, bajo los terminos indicados.; no obstante, segun modificaciones introducidas por art/unico de ley 18758 al inc/2 del art/11 del dfl 1385/80 aludido, las entidades colaboradoras, pueden, con la autorizacion del sename, y cumpliendo con los requisitos y condiciones previstos para ello, constituir un fondo con las subvenciones correspondientes a cada establecimiento, a fin de administrarlo centralizadamente, recursos que deben destinarse a cubrir las mismas necesidades de atencion de los menores. este mecanismo lo establecio el legislador precisamente para obviar el impedimento que tenian las entidades colaboradoras de...

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