Dictamen nº 21489 de Contraloría General de la República, de 30 de Julio de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239322802

Dictamen nº 21489 de Contraloría General de la República, de 30 de Julio de 1990

miembros de los consejos o cuerpos colegiados de los servicios de bienestar regidos por dto 722/55 salud, deben rendir caucion conforme art/7 inc/2 de ese cuerpo reglamentario. ello, porque en este caso concurren plenamente los supuestos que contempla la norma aludida, ya que las personas que integren los consejos o cuerpos colegiados referidos, que han sido exceptuados por res 7/90 previ del receso que los afectaba acorde dl 49/73, deben desarrollar una labor de direccion y de administracion de la respectiva oficina y cumplir una funcion publica. sin perjuicio de lo...

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