Dictamen nº 8876 de Contraloría General de la República, de 11 de Marzo de 1998 - Doctrina Administrativa - VLEX 239314490

Dictamen nº 8876 de Contraloría General de la República, de 11 de Marzo de 1998

horas extraordinarias de funcionarios no docentes de la universidad del bio bio, deben regirse por normas propias de los empleados afectos al dl 249/73, debiendo darse especial aplicacion, por tanto, al art/8 del dfl 1046/77 hacienda. el art/62 de ley 18834, senala que cuando no sea posible otorgar el descanso compensatorio de que trata esa norma, por el trabajo extraordinario realizado a continuacion de la jornada, la asignacion que corresponda se determina recargando en un 25 por ciento el valor de la hora diaria de trabajo. para estos fines, el valor de la hora diaria de trabajo es el cuociente que se obtenga de dividir por 190 el sueldo y las demas asignaciones que determine la ley, en la situacion de la universidad aludida. debe considerarse que las universidades publicas fueron facultadas para establecer su propio regimen de remuneraciones, por el dfl 3/80 educa. lo dispuesto en ese texto fue reiterado, en el caso de la universidad individualizada, por el dfl 1/89 educa, cuyo art/8 letra c) otorga a la junta directiva de dicho establecimiento la facultad para aprobar las normas conforme a las cuales se fijaran las rentas de su personal. asi, la normativa que debe servir de base para determinar las remuneraciones que procede considerar para el...

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