Dictamen nº 32251 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239310678

Dictamen nº 32251 de Contraloría General de la República, de 6 de Octubre de 1997

al personal de astilleros y maestranzas de la armada (asmar) contratado acorde codigo del trabajo que efectua sus cotizaciones previsionales en la caja de prevision de la defensa nacional y que se incorpore al nuevo sistema de salud de las fuerzas armadas reglado en ley 19465, le son inaplicables reglas de ley 16744. ello, porque beneficios que otorga mencionada caja (pensiones de retiro y montepio, y el desahucio, entre otros) se encuentran enmarcados en un regimen legal constituido basicamente por el dfl 31/53, por ley 18948, y por el dfl 1/68 defensa, por lo que cuando por mandato del legislador han quedado adscritos determinados funcionarios al sistema que administra la capredena, cuyo es el caso de los servidores de asmar, ello conlleva a integrarlos al respectivo regimen que regulan esos ordenamientos, es decir, la incorporacion a la citada caja de los servidores indicados, significa tanto la afiliacion global al sistema impositivo de recaudacion y administracion por parte de esa entidad, como a la percepcion de las franquicias a que dan origen tales cotizaciones. ademas, el art/13 de ley 19465, ordena que el personal de asmar afecto a capredena quede incorporado automaticamente y obligatoriamente al nuevo sistema de salud de las fuerzas armadas y que las correspondientes cotizaciones se efectuen en...

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