Dictamen nº 6762 de Contraloría General de la República, de 18 de Marzo de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239305802

Dictamen nº 6762 de Contraloría General de la República, de 18 de Marzo de 1992

la recuperacion de anticipos a contratistas es un item que por naturaleza debe asimilarse a ingresos presupuestarios, sin perjuicio de que el clasificador pertinente lo establezca como gasto pero con signo negativo. luego, no corresponderia calificar como exceso presupuestario la parte del saldo de la recuperacion no ejecutada y que no tiene contrapartida en las asignaciones correspondientes del subtitulo 31 inversion real, mas aun si se considera que la cifra determinada como exceso corresponde solo a estimaciones no ejecutadas. en cuanto al grado de correspondencia que debe existir entre el rubro 32/83/002 "recuperacion de anticipos a contratistas" y la asignacion correspondiente del subtitulo 31, el clasificador presupuestario senala que los anticipos aludidos se otorgan para ejecutar estudios de preinversion y proyectos de inversion identificados en los presupuestos...

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