Dictamen nº 10287 de Contraloría General de la República, de 24 de Marzo de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239292602

Dictamen nº 10287 de Contraloría General de la República, de 24 de Marzo de 1994

por dictamen 8586/89, se establecio que para determinar el limite de la remuneracion del secretario ejecutivo del antiguo consejo regional de desarrollo, dispuesto por ley 18605 art/22, consistente en que esta no podia exceder a la del grado/4, directivo superior de la escala unica de sueldos de la administracion publica o su equivalente, no correspondia considerar la asignacion profesional, por tratarse esta de un beneficio personal y no de los cargos, ni la asignacion de zona, por constituir una renta adicional vinculada al lugar de desempeno del funcionario y no a la naturaleza del empleo. con posterioridad a dicho dictamen, se dicto ley 18938, cuyo art/2 declaro que el tope senalado comprendia la asignacion profesional establecida en dl 479/74 art/3, fundandose en el hecho de que el proposito legal al fijar el limite analizado, fue entender incorporadas en ese tope maximo a todas las remuneraciones que conforman el grado/4 senalado, sin hacer distinciones, debiendo, consecuentemente, incluirse tanto la asignacion profesional como la de zona. luego, ley 19175 art/43, establecio que corresponde al secretario ejecutivo del consejo regional regirse por la legislacion laboral comun, no pudiendo exceder la renta que se establezca en el respectivo contrato de trabajo, a la del indicado grado/4, directivo superior eus o su equivalente, incluida la asignacion...

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