Dictamen nº 19310 de Contraloría General de la República, de 18 de Junio de 1996 - Doctrina Administrativa - VLEX 239290426

Dictamen nº 19310 de Contraloría General de la República, de 18 de Junio de 1996

los dfl que fijaron las plantas de personal de los servicios de salud, por mandato de ley 19086 art/4, requieren, para el ingreso como jefe de servicio clinico, la exigencia educacional especifica de ser "medico cirujano de la especialidad del servicio respectivo". conforme ley 19198 art/2, en los aludidos servicios, los cargos de los profesionales funcionarios regidos por ley 15076, sujetos indistintamente al sistema de remuneraciones que ella establece o a la escala unica de sueldos, que no sean de la confianza exclusiva, se proveen por concursos publicos regidos por el reglamento contenido en dto 811/95 salud. por su parte el art/29 de tal reglamento establece que entre los antecedentes de los postulantes que deben ponderarse, se encuentra el rubro actividades de estudios y perfeccionamiento, y el art/33 indica que esas actividades, efectuadas en el pais y en el extranjero, se apreciaran en conciencia segun su naturaleza, la relacion con el cargo concursado, duracion, calidad del centro, entidad o institucion que las haya organizado, con un maximo de 18 puntos, considerandose especialmente para este objeto la realizacion de becas, programas de especializacion y capacitaciones, asi como tambien la asistencia a jornadas, congresos, cursos, talleres...

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