Dictamen nº 13310 de Contraloría General de la República, de 2 de Junio de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239289778

Dictamen nº 13310 de Contraloría General de la República, de 2 de Junio de 1992

expresion "titulares de concesiones maritimas", contenida en art/5 transitorio inc/1 de ley general de pesca y acuicultura que les permite optar por quedar regidos por titulo/vi de esa ley, se refiere a terceros que al 6/9/91, contaban con un decreto de concesion totalmente tramitado, porque los actos administrativos solo producen validamente sus efectos luego de haber cumplido los tramites previstos en el ordenamiento juridico vigente y, tratandose de concesiones maritimas, que son medidas de caracter particular, el derecho del concesionario nace luego que el acto ha sido tomado razon y comunicado al interesado, oportunidad en la que se hacen exigibles los derechos y obligaciones propios de la concesion. norma de ley 18892 art/5 tran inc/2, tiene por fin aplicar, desde el 1/7/91, a las concesiones vigentes a la fecha de publicacion de ley 19079, las caracteristicas esenciales de las concesiones de acuicultura previstas en ley 18892, tanto en lo referido al ejercicio de los derechos como a las obligaciones que de ellas emanan, en relacion con los preceptos cuya aplicacion no esta supeditada a la dictacion de un reglamento. asi, la concesion ha adquirido el caracter de indefinida, el derecho es transmisible y objeto de negocio juridico, esta afecto a causales de termino y caducidad de esa ley y rige para el concesionario la obligacion de pagar la patente anual unica de acuicultura acorde ley 18892 art/84.; ademas, conforme el mismo art/5 transitorio inc/4, se entiende que los titulares que ejercieron la opcion indicada estan en un area apropiada para ejercer la acuicultura, no afectandoles los decretos que determinen tales areas segun ley 18892 art/67. luego, los titulares que eligieron la normativa nueva dentro de plazo, deben pagar la patente indicada desde marzo 1992, sin perjuicio del pago de rentas y/o tarifas del dto 660/88 marina, devengada al 1/7/91, inclusive. segun inc/4, citado, la tramitacion de solicitudes de concesion y renovacion pendientes ante la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR