Dictamen nº 18899 de Contraloría General de la República, de 31 de Julio de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239279518

Dictamen nº 18899 de Contraloría General de la República, de 31 de Julio de 1992

no procede compensar con descanso complementario, las horas extraordinarias de funcionarios de servicio de salud regidos por ley 15076, porque este estatuto contempla exclusivamente una retribucion economica para quienes laboran mas alla de la jornada normal, senalando en su art/10, la forma de pago de las horas extraordinarias y/o la asignacion de permanencia, segun corresponda, por lo que no cabe aplicar a los profesionales funcionarios la compensacion senalada en dfl 338/60, situacion que no se ha alterado con dictacion de ley 18834. si bien las tareas medicas escapan, por su propia naturaleza, a los horarios, el personal aludido debe desarrollar sus labores dentro de aquel que les senala la ley y la autoridad debe velar porque esos servidores den cumplimiento a las obligaciones que les incumben en el ejercicio de sus empleos, circunstancia...

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